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jueves, 30 de junio de 2011

CÁPSULA DE LITURGIA - INDULGENCIA PLENARIA -

INDULGENCIA  PLENARIA


12 DE AGOSTO DE 2011

CIERRE DE LA PUERTA SANTA

El «Código de derecho canónico» (c. 992) y el «Catecismo de la Iglesia católica» (n. 1471), definen así la indulgencia: «La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos».
Para ganar las indulgencias, tanto plenarias como parciales, es preciso que, al menos antes de cumplir las últimas exigencias de la obra indulgenciada, el fiel se halle en estado de gracia. La indulgencia plenaria sólo se puede obtener una vez al día. Pero, para conseguirla, además del estado de gracia, es necesario que el fiel:
-Tenga la disposición interior de un desapego total del pecado, incluso venial.
-Se confiese sacramentalmente de sus pecados.
-Reciba la sagrada Eucaristía (ciertamente, es mejor recibirla participando en la santa misa, pero para la indulgencia sólo es necesaria la sagrada Comunión).
-Ore según las intenciones del Romano Pontífice. (Padre nuestro, Ave María y Gloria)
-Pase por la Puerta Santa.

Monseñor Luis Martínez Flores.
Párroco.




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